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Retenciones de Impuesto a la Renta en Ecuador

Retenciones de Impuesto a la Renta desde marzo 2026: base del porcentaje, quién retiene y cómo aplicar la tabla SRI Confirma siempre en el SRI.

Qué es la retención de Impuesto a la Renta

Es la retención que practica el agente sobre el pago o acreditación de un concepto que constituye renta gravada para quien lo recibe, según el artículo aplicable y la resolución de porcentajes vigente.

No se confunde con la retención de IVA (esa va sobre el IVA causado).

Vigencia desde marzo 2026

Desde el 1 de marzo de 2026 rige la Resolución NAC-DGERCGC26-00000009 para porcentajes de retención en la fuente del IR. Deroga la tabla asociada a resoluciones anteriores de 2024/2025.

Bandas publicadas en esa resolución (marco): 0 %, 1 %, 1,75 %, 2 %, 3 %, 5 % y 10 %, más un residual del 3 % cuando no hay porcentaje específico (Art. 3), según el texto oficial.

Noticia SRI de contexto (27 feb 2026): nuevos porcentajes de retención.

Quién retiene IR

  • Especiales y agentes designados: en adquisiciones aplicables.
  • No designados: solo en los casos del reglamento (listado oficial).

Ver: agentes de retención.

Algunos conceptos del dataset mencionan RIMPE Negocio Popular (p. ej. adquisiciones con reglas específicas al 0 %). Confirma el concepto exacto en la resolución y, si aplica, el hub RIMPE.

Dónde consultar el porcentaje

Usa la tabla de retenciones (filtro Impuesto a la Renta). Allí verás si la regla es elegible para cálculo directo o requiere condiciones (mano de obra vs intelecto, exterior, etc.).

Señales útiles (no sustituyen la resolución):

  • En varios servicios profesionales, el % puede cambiar entre persona natural y sociedad.
  • Si mezclas conceptos y no puedes separar valores, la resolución indica criterios (p. ej. el porcentaje más alto).
  • No uses tablas de 2024/2025 ya derogadas.

Calcular el monto retenido

Cuando ya identificaste un concepto de IR con porcentaje fijo elegible:

Abrir calculadora.

Sustentos al reportar la operación: sustentos tributarios.

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Fuentes oficiales

Preguntas frecuentes

Desde el 1 de marzo de 2026, según la Resolución NAC-DGERCGC26-00000009.
La resolución publica bandas de 0 %, 1 %, 1,75 %, 2 %, 3 %, 5 % y 10 %, más un residual del 3 % cuando no hay porcentaje específico. El concepto exacto lo define el texto oficial.
En la calculadora de retenciones SRI, cuando ya elegiste un concepto de IR con porcentaje fijo elegible.

DeLey

¿Ya tienes el concepto de IR?

Calcula retenido y neto, o revisa la tabla completa de porcentajes.

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