Quiénes
Naturales y jurídicas
Hasta USD 300.000
Comprobantes
Electrónicos
Leyenda RIMPE
Permanencia
3 años
Si cumplen condiciones
Quién califica
Según el SRI, Emprendedor aplica a personas naturales y jurídicas con ingresos brutos anuales de hasta USD 300.000 al 31 de diciembre del año anterior.
Confirma en el RUC: cómo consultar el RIMPE. Definición general: qué es el RIMPE.
Si vienes de Negocio Popular por superar USD 20.000 o por recategorización, revisa Negocio Popular y cambios 2026.
Comprobantes electrónicos
Debes emitir bajo esquema de comprobantes electrónicos:
- Facturas
- Documentos complementarios
- Liquidaciones de compra de bienes y prestación de servicios
- Comprobantes de retención, cuando proceda
Incluye la leyenda “Contribuyente Régimen RIMPE” según la ficha técnica de comprobantes electrónicos.
Para operar:
Impuesto a la Renta e IVA
Impuesto a la Renta
- Base imponible: ingresos brutos gravados de actividades acogidas, menos devoluciones o descuentos que consten en el mismo comprobante o nota de crédito (según el SRI).
- Declaración y pago anual (calendario por noveno dígito; personas naturales y sociedades tienen ventanas distintas publicadas por el SRI).
- Liquidación con la tabla Emprendedor (fracción básica + tipo marginal por rango).
- La tarifa de este régimen, según el SRI, no está sujeta a rebaja o disminución alguna (salvo lo que la propia norma diga para ingresos no sujetos al régimen).
IVA
- Declaración y pago semestral y acumulado.
- Puedes presentar mensuales cuando lo requieras, sin dejar de lado la obligación semestral.
- En general no eres agente de retención del IVA, salvo excepciones que cita el SRI.
Retenciones realizadas
- IR e IVA retenidos: declaración y pago semestral, según lo publicado para el régimen.
Tablas: tabla RIMPE 2026. Panorama: obligaciones del RIMPE. Retenciones al comprar: retenciones en la fuente.
Permanencia de 3 años y salida
El SRI indica que este régimen es de aplicación obligatoria por el plazo de 3 años contados desde la primera declaración del Impuesto a la Renta, siempre que se cumplan las condiciones para pertenecer.
Sales hacia el régimen general cuando, entre otros supuestos publicados:
- Superas USD 300.000 de ingresos brutos en el año anterior
- Permaneces más de tres años (criterio usado también en la comunicación de exclusión de 2026)
Detalle: RIMPE vs régimen general.
Siguiente paso
Continuidad
Continúa
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